lunes 29 de mayo de 2023

INTERES GENERAL

CLARIN CLARINETE!!!!!!! PARA EL FISCAL DE APELACIÓN

jueves 18 de mayo de 2023
CLARIN CLARINETE!!!!!!!    PARA EL FISCAL DE APELACIÓN

Otra vez Formosa y jueces que quieren estar a la vanguardia con la visión parcial de la  PERSPECTIVA DE GÉNERO, ….., con un fallo ABERRANTE , VERGONZOZO Y HASTA TEMIBLE ¡!!!!!

La Cámara Segunda en lo Criminal, queriendo aplicar la peligrosa fórmula de la perspectiva de género, absolvió de culpa y cargo a una mujer que cometió HOMICIDIO PREMEDITADO Y CON DOLO, CALIFICADO POR EL VÍNCULO.

Según los mismos, se trató de Legítima defensa?,  cuando la misma actuó con DOLO Y PREMEDITACIÓN y sumió días enteros de sufrimiento al cónyuge que luego perdió la vida…. Realmente temible la interpretación de la Cámara Segunda. La concesión desmesurable de derechos concedidos a una parte es una quita al derecho del otro.

Fue una mañana del 23 de octubre de 2020, en un barrio de la ciudad de Clorinda, alrededor de las 08 horas, la imputada llegó a la ladrillería donde estaba trabajando su pareja y tras una discusión, le arrojó combustible para luego prenderle fuego, causándole quemaduras en casi todo cuerpo, sumiéndolo en una agonía interminable. El hombre sufrió gravísimas heridas y estuvo internado en el Hospital de Formosa, donde falleció después de veinte días.

Otro fallo formoseño, en donde jueces que desean ser  “estrellas” aplican el abstracto concepto de perspectiva de género en forma automática e irreflexiva.

Esto significa que el tribunal de la Cámara Segunda, tenga desde el inicio del proceso UNA MIRADA PARCIAL,  del homicidio premeditado que cometió la imputada. Por lo tanto la contemplación de los hechos desde un solo punto de vista, desde un ojo único, resulta inadmisible en un estado de Derecho.

Nadie está en contra de todas las leyes que procuren dar amparo o derecho a las mujeres, pero ello nunca puede ser en perjuicio de que un varón tenga un proceso justo, en el marco del proceso penal.

Es que ello contraviene las más elementales garantías de las que cuenta el art. 18 de la C.N., el art. 16 del mismo cuerpo legal, que proclama la igualdad ante la ley. También sabemos que la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevé en su art. 8.1, que la persona, ya sea hombre o mujer, sea juzgada por un juez imparcial, lo que no sucede con un juzgador que tiene ab initio, desde el principio, una perspectiva determinada.

Ese sesgo de género que sostienen los jueces que quieren consagrarse en “estrellas”, debieran velar por los derechos de las dos partes, del hombre que tuvo una agonía interminable hasta su muerte, de la valoración de las pruebas y no de modo parcial, que no admitan prueba en contrario, en perjuicio del mismo. Esto ha impuesto la falsa creencia que la denuncia de una mujer contra un hombre es siempre cierta, por lo tanto no hay que descreer a la mujer y ha impuesto una presunción iure et de iure, que no admite prueba en contrario.

Lo más peligroso de esta cuestión es que los magistrados “estrellas” de la ciudad de Formosa han abrazado esa máxima, es más, existe una Magistrada “estrella” que se vanagloria, exponiendo en su Facebook, resoluciones y sentencias, parciales,  con lo que han convertido el juicio, no en una hipótesis de investigación, como debería ser, sino en la CONDENA MISMA, retrotrayendo así el proceso penal a la época medieval.

Leyendo diferentes fallos de nuestro país, en donde aplican esta perspectiva, ya lo hacen en forma más restrictiva, sin caer en temibles fundamentalismos como este aberrante fallo. 

Es tan real que existe la violencia de género, como que muchos varones inocentes son perjudicados por la mirada parcial de los juzgadores, que por tener una abstracta y vacía perspectiva de género, han dejado de lado su principal misión: IMPARTIR JUSTICIA.

“UNA JUSTICIA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO NO ES JUSTICIA”

CLARINETE!!!!!!!! PARA EL FISCAL DE APELACIÓN, LA CIUDADANIA LO MERECE!!!!!

 

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