CFK no podrá volver a cobrar la pensión de Néstor Kirchner y deberá devolver $1.000 millones
La Justicia rechazó el pedido de Cristina Fernández de Kirchner y avaló la suspensión del beneficio dispuesta por ANSES
La jueza federal de la Seguridad Social, Karina Alonso Candis, rechazó el pedido de Cristina Fernández de Kirchner para que se le restablezca de manera anticipada la pensión vitalicia que percibía como viuda del ex presidente Néstor Kirchner, beneficio que había sido suspendido por la ANSES. La decisión implica, además, que el organismo previsional podrá reclamarle a la ex mandataria el reintegro de las sumas percibidas, estimadas en alrededor de $1.000 millones.
La resolución judicial
El fallo, dictado en el marco de la causa "Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de Acto Administrativo", desestimó la medida cautelar que buscaba que se reanude el pago de la pensión mientras se resuelve el fondo del litigio. Fernández de Kirchner había argumentado que la demora judicial afectaba su derecho a la seguridad social y su subsistencia, citando el artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
La magistrada, sin embargo, sostuvo que no se verificaban los requisitos de verosimilitud del derecho ni peligro en la demora necesarios para una medida de este tipo. "La determinación de la verosimilitud del derecho requiere un análisis más profundo de normas y hechos, lo que excede el marco cautelar", señaló Alonso Candis.
Los argumentos de ANSES
El organismo previsional, que depende del Ministerio de Capital Humano, había pedido el rechazo del planteo. Argumentó que el beneficio previsto en la Ley 24.018 para ex presidentes, vicepresidentes y sus viudas tiene carácter graciable, y no se trata de una jubilación contributiva. Por ello, su otorgamiento puede ser revisado o revocado cuando se comprueban irregularidades o incompatibilidades.
En su escrito, la ANSES advirtió que ordenar el pago del beneficio vulneraría las políticas de transparencia y de lucha contra la corrupción, afectando recursos públicos. Además, recordó que la sentencia firme invocada por la ex vicepresidenta se refería a la compatibilidad entre beneficios, pero no a la nulidad de las bajas actuales.
El organismo también citó los artículos 12 y 19 inciso 4 del Código Penal, que prevén la suspensión del goce de jubilaciones o pensiones cuando el beneficiario fue inhabilitado penalmente, salvo que existan parientes con derecho a pensión, situación que no aplica en este caso.
Fundamentos del rechazo
La jueza Alonso Candis recordó que los actos administrativos de la ANSES gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria, según el artículo 12 de la Ley 19.549, lo que impide suspender sus efectos salvo disposición expresa. Además, consideró que la cautelar solicitada coincidía con el objeto principal de la demanda —la restitución del beneficio—, lo que contraviene el artículo 3 inciso 4 de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado.
"Las medidas innovativas son excepcionales porque alteran el estado de hecho o de derecho existente, configurando un anticipo de la jurisdicción favorable respecto del fallo final", indicó la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Consecuencias y próximos pasos
Con esta decisión, ANSES queda habilitada para reclamar la devolución de las sumas cobradas por Fernández de Kirchner durante los años en que percibió las pensiones acumuladas. Fuentes oficiales estiman que el monto asciende a alrededor de $1.000 millones.
Si bien el fallo no resuelve el fondo de la cuestión —la validez o no de las resoluciones que dieron de baja las pensiones—, marca un precedente clave en el tratamiento de los beneficios especiales a ex mandatarios, y consolida el criterio de que estos no constituyen derechos adquiridos, sino reconocimientos discrecionales sujetos a control estatal.
La ex presidenta aún puede apelar la decisión ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, aunque el fallo de Alonso Candis representa un revés judicial significativo en medio de sus múltiples causas abiertas.