Senasa impone la identificación electrónica obligatoria para el ganado desde 2026
A partir del 1 de enero de 2026, ningún bovino, búfalo ni ciervo podrá ser movilizado sin un dispositivo electrónico oficial. La medida, establecida por la Resolución 841/2025, busca fortalecer la trazabilidad, el control sanitario y la competitividad internacional de la producción ganadera argentina.
                El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó este lunes, mediante la Resolución 841/2025 publicada en el Boletín Oficial, la norma técnica que establece la identificación individual electrónica obligatoria para el ganado bovino, bubalino y cérvido en todo el país.
El nuevo sistema, que entrará en vigencia el 1 de enero de 2026, dispone que ningún animal de esas especies podrá ser movilizado ni permanecer en el establecimiento de nacimiento después del destete si no cuenta con un dispositivo electrónico oficial, compuesto por una tarjeta visual y un identificador por radiofrecuencia (RFID), que puede presentarse en forma de botón, bolo o microchip inyectable.
Según la resolución, el objetivo es fortalecer la trazabilidad y el control sanitario de la producción ganadera argentina. La medida se enmarca en el Sistema Nacional de Identificación Electrónica de Animales, creado en 2019 y actualizado en julio de este año.
El Senasa destacó que la incorporación de tecnología electrónica "representa un avance significativo en la modernización y la eficiencia de la gestión ganadera", al permitir una lectura más rápida y precisa de los datos de cada animal, y al mismo tiempo facilitar la apertura de mercados internacionales, que exigen estándares cada vez más estrictos en materia de trazabilidad.
El organismo será responsable de supervisar la aplicación del sistema y controlar el cumplimiento de las nuevas obligaciones. Las sanciones por incumplimiento se regirán por la Ley 27.233 de Sanidad Animal.
Además, a partir del 1 de diciembre de 2025, quedará prohibida la comercialización de identificadores exclusivamente visuales, y los productores deberán registrar y declarar la aplicación de los nuevos dispositivos en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
En cuanto a los aspectos técnicos, la resolución detalla el lugar de aplicación de los dispositivos —en la oreja o el rumen—, las modalidades de declaración electrónica a través del sistema o la app "Sigbiotraza", y los procedimientos en casos de muerte, reidentificación o movimiento de animales.
La disposición busca alinear la producción argentina con los estándares de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y mejorar la competitividad del sector ganadero en el comercio global.