Designación sobre tablas de un miembro del STJ
Los integrantes del Máximo Tribunal Nacional y Provincial deben ser intachables, insospechados además de exhibir solvencia académica y moral incuestionables.

Me parece inconcebible que los funcionarios y magistrados de primera y segunda instancia deban concursar ante el Consejo de la Magistratura para acceder a dichos cargos y la Legislatura de Formosa, con el voto de los diputados oficialistas, haya designado a una integrante del Superior Tribunal de Justicia, sobre tablas, sin que los legisladores hayan podido analizar su idoneidad técnica y moral y sus antecedentes académicos y en las funciones que desempeñara con anterioridad: al parecer la candidata tuvo varios pedidos de enjuiciamiento cuando subrogó el Juzgado Federal de Formosa que fueron declarados abstractos, al menos uno, por renuncia de la misma.
También estaría casada en terceras nupcias -y separada de hecho-, con el Dr. Marcos B. Quinteros, miembro del STJ, en cuyo caso, habría incompatibilidad y uno de los dos debería renunciar a dicho cargo, según el art. 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Formosa. Su hermana, integra una Sala de la Cámara Penal; es decir que cuando deba entender en casación o en un recurso extraordinario proveniente de dicha Sala deberá excusarse siempre con lo que ello implica. Los integrantes del Máximo Tribunal Nacional y Provincial deben ser intachables, insospechados además de exhibir solvencia académica y moral incuestionables, lo que en este caso no pudo ser evaluado.
Si bien el art. 164 de la Constitución Provincial dispone que los miembros del STJ serán designados por la Legislatura a propuesta del Poder Ejecutivo y el art. 99 inc. 4 de la Constitución Nacional establece que el Presidente nombra a los magistrados de la CSJN con acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado en sesión pública convocada al efecto, Néstor Kirchner tan admirado por nuestro Gobernador, dictó el dec.222/03 auto limitándose, dando participación a las organizaciones sociales y jurídicas y ciudadanía en general para que efectúen observaciones, preguntas, impugnen las propuestas tanto en la primer etapa de la postulación como cuando la misma llega al Senado. Justamente, la semana pasada venció el plazo para presentar ante la Comisión de Acuerdos del Senado las observaciones o impugnaciones a las propuestas de los Dres. Lijo y García Mansilla para integrar el más Alto Tribunal del país.
Sería ideal que algo similar hiciera la Legislatura local dictando una ley o el Gobernador mediante un decreto dando participación a la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, antes de designar a un Magistrado del STJ. Quizá sea mucho pedir, pero es inadmisible que ni siquiera los legisladores conozcan con antelación suficiente los antecedentes de los propuestos. Como también debe terminarse la casta judicial (nepotismo) integrada en gran parte por familiares de los miembros del STJ y otros.
Y tampoco debiera aceptarse la renuncia a ningún magistrado ni funcionario con pedido de jury o juicio político, aunque se trate de una subrogancia.
Esta Magistrada designada sin que los Legisladores hayan podido evaluar sus antecedentes, podría estar siempre sospechada de parcialidad y favoritismo hacia el poder.